NOVEDAD IMPORTANTE: Inscripción del RSII a través de la Sede Electrónica de la AIPI
La Autoridad Independiente de Protección del Informante (AIPI) ha habilitado ya su Sede Electrónica, incluyendo el procedimiento específico para la notificación del Responsable del Sistema Interno de Información (RSII). Esto permite a todas las entidades obligadas cumplir formalmente con el trámite previsto en el artículo 8.3 de la Ley 2/2023.
Para proceder a la inscripción, basta con acceder a la Sede Electrónica y presentar el formulario oficial “Comunicación del Responsable del Sistema Interno de Información (RSII)”.
Además, dado que la publicación de este formulario activa la Disposición Transitoria del Estatuto de la AIPI, las entidades disponen de un plazo extraordinario de dos meses para realizar esta primera comunicación. A partir de entonces, cualquier nuevo nombramiento o cese deberá notificarse dentro del plazo ordinario de diez días hábiles.
Te adjuntamos (aquí) un manual con las instrucciones para que puedas llevar a cabo la inscripción.
Asimismo, te recordamos que la AIPI ha publicados sus primeras recomendaciones: 1/2026. Pretende aclarar cómo deben diseñarse e implantarse los Sistemas Internos de Información (SII) conforme a la Ley 2/2023. Te contamos a continuación las cuestiones más relevantes:
Requisitos esenciales del SII:
Acceso universal
Seguridad confidencial
Plataforma segura y cifrada. Accesos limitados, trazabildad y máxima resereva de la identidad.
Canales escritos y verbales
Unificación
Independencia
Política de sistemas internos
Debe aprobarse y publicarse una política clara que explique principios, derechos y garantías.
Procedimiento interno
Debe existir un reglamento formalizado, con fases, plazos, garantías y trazabilidad.
Protección frente a represalias
Debe incluirse de forma expresa en la normativa interna.
Responsable del Sistema Interno de Información (RSII):
- Puede ser persona física o órgano colegiado (máx. 5 miembros recomendable).
- En sector público: preferiblemente empleado público.
- Debe conectarse con la función de cumplimiento si ya existe.
Garantías:
- Independencia total, sin recibir instrucciones.
- Medios materiales y personales suficientes.
Nombramiento y cese:
- Competencia del órgano de administración.
- Debe notificarse a la AIPI/autoridad autonómica en 10 días hábiles.
- Plazo transitorio para notificación: 2 meses desde publicación del formulario en la web de la AIPI.
Grupos de empresas:
Puede ser único para varias sociedades, pero cada sociedad sigue siendo sujeto obligado individual y debe designarlo formalmente. En definitiva, aunque exista un grupo empresarial, la obligación de disponer de un SII recae sobre cada sociedad individualmente. La pertenencia a un grupo no elimina la obligación por separado
CHECKLIST PARA VERIFICAR QUE CUMPLES CON LA LEY 2/2023
☐ Consulta previa a la representación sindical.
☐ Acuerdo del Órgano de Gobierno aprobando el Sistema y la Política.
☐ Designación formal del Responsable del Sistema (RSII).
☐ Notificación del nombramiento a la AIPI/Autoridad autonómica.
☐ Implementación técnica del Canal (software / buzón seguro).
☐ Aprobación del Procedimiento de Gestión de Informaciones.
☐ Publicidad del canal en la página web (acceso visible y fácil).
☐ Formación al personal sobre el uso del canal.
No nos olvidemos que la formación sobre el canal ético es un elemento crítico para garantizar que el Sistema Interno de Información funcione correctamente. Aunque la Ley 2/2023 no detalla obligaciones específicas en materia formativa, la Recomendación 1/2026 subraya la necesidad de capacitar al personal para que conozca el canal, sepa cómo utilizarlo y confíe en las garantías de confidencialidad y protección que ofrece.
La guía incluye expresamente la formación como uno de los pasos esenciales para la implantación del sistema, situándola al mismo nivel que la aprobación del procedimiento o la publicidad del canal. Sin esta formación, el SII corre el riesgo de ser un mecanismo infrautilizado o mal empleado; con ella, se convierte en un recurso real de prevención, detección temprana y fortalecimiento de la cultura de integridad.