Formatos de formación flexibles EINF / Informe de información no financiera
Nuestra metodología:
El Estado de Información No Financiera (EINF) se encuentra regulado a través de la Ley 11/2018 en materia de información no financiera y diversidad, como trasposición de la Directiva Europea 2014/95/UE. –Non-Financial Reporting Directive (NFRD)-.
El informe incluye los siguientes apartados:
Información general de compañía (gobierno, políticas, gestión de riesgos, etc.
Cuestiones medioambientales (consumo energético, emisiones, gestión de residuos, etc.).
Cuestiones sociales y relativas al personal (empleo, remuneraciones, formación, etc.)
Respeto a los derechos humanos.
Lucha contra la corrupción y el soborno.
Información sobre la sociedad.
En diciembre de 2022 se publicó la Directiva (UE) 2022/2464 –Corporate Sustainability Reporting Directive (CSRD)– sobre la divulgación de información no financiera e información sobre diversidad, que sustituye a la NFRD. Hasta la fecha continúa pendiente la trasposición de la citada CSRD al ordenamiento jurídico español; sin embargo, tras la publicación del anteproyecto de Ley que supondrá la sustitución de la Ley 11/2018, ya se conoce que la “información no financiera” pasará a indicarse como “información en materia de sostenibilidad” y que el “Estado de Información No Financiera” tendrá como denominación “Informe de sostenibilidad”. La CSRD requiere información detallada sobre las tres dimensiones de sostenibilidad, incluyendo cuestiones ambientales, sociales y de gobernanza (ESG).
Ambas Directivas exigen a las empresas de cierto tamaño la incorporación al Informe de Gestión de este tipo de información relativa a sostenibilidad y responsabilidad social corporativa.
¿Quién está obligado a realizar el EINF / Informe de Sostenibilidad?
El anteproyecto de Ley establece el mismo ámbito de aplicación al de la Directiva CSRD, destacando lo siguiente:
Empresas cotizadas en mercados regulados de la Unión Europea, con la excepción de las microempresas.
Que durante dos ejercicios consecutivos reúnan, a las respectivas fechas de cierre, dos de los tres criterios siguientes:
- Plantilla media superior a 250 trabajadores.
- Activos superiores a 20 millones de euros.
- Cifra anual de negocios superior a 40 millones de euros.
¿Se necesita verificar el EINF / Informe de Sostenibilidad?
La verificación de la información no financiera / de sostenibilidad por parte de un tercero independiente será obligatoria a partir del año 2025 (i.e. Informes correspondientes al año 2024).
Este trabajo de verificación puede ser realizado tanto por la firma auditora de las Cuentas Anuales como por un prestador de servicios de auditoría distinto a esta.
Los beneficios del EINF / Informe de Sostenibilidad para la empresa
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